El Tribunal Supremo ha dictado la primera sentencia relativa al artículo 55 introducida en el Código Penal de 2010, por la que aquellos que intenten asesinar a sus parejas en presencia de sus hijos perderán, por la vía penal, la patria potestad de los menores. Esta resolución busca evitar las dilaciones provocadas por la necesidad de reclamar la retirada de derechos, que hasta ahora solo podría hacerse a través de la vía civil.
En esta sentencia, el alto tribunal asegura que «repugna legal y moralmente» que se mantenga al padre a cargo de los niños tras incumplir sus deberes de forma tan grave.