Algunos clientes de nuestro Despacho han recibido ofertas de la entidad para eliminar la cláusula suelo de sus préstamos, sin embargo estas ofertas, en realidad, encierran un acuerdo muy ventajoso para el banco porque cierra la puerta a una ulterior reclamación judicial por el cliente.

El formulario que el Banco de CEISS (Caja España, Caja Duero) presentan al cliente para documentar este “tramposo” acuerdo se denomina “REVISION DE CONDICIONES FINANCIERAS EN PRESTAMOS VIGENTES” y, entre las condiciones que ponen a la firma, figura la condición siguiente:

“1. El prestatario manifiesta expresamente conocer las CONDICIONES FINANCIERAS VIGENTES del préstamo arriba identificado, (manifiesta) estar informado, comprender las mismas y mostrarse conforme con su aplicación, incluída la aplicación de un TIPO MÍNIMO (cláusula suelo) hasta ese momento

Hemos subrayado la frase-trampa porque en ella al cliente “le hacen decir” que está conforme con la aplicación del suelo hasta ese momento.

Si lo firmas, dejarán de aplicarte la cláusula suelo, pero pierdes el derecho a reclamar lo que has pagado de más porque estás reconociendo que conocías la existencia de la cláusula, que comprendes su alcance y que estás conforme con su aplicación hasta ese momento.

Por otro lado, el documento permite al banco limitar en el tiempo la aplicación de las nuevas condiciones, pues incorpora un cuadro denominado “período de vigencia”, que permite acotar el plazo de aplicación de las nuevas condiciones, por lo que el cliente debe estar atento a que las nuevas condiciones que le proponen no tengan fecha de caducidad y que su vigencia llegue hasta la fecha de vencimiento final del préstamo.

En resumen, nuestra recomendación es que no se firmen estos acuerdos porque con ellos se impide la reclamación judicial y queda consolidado el cobro indebido de intereses, realizado en los años anteriores por el banco, que en algunos casos puede ser muy importante.

Desde T&A ABOGADAS podemos ayudarle a conseguir la anulación de la cláusula suelo y la recuperación de lo pagado por la indebida aplicación de dicha cláusula.

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